Listeners:
Top listeners:
TABU PLAY TABU PLAY
Dos jueces de Resistencia rechazaron in limine amparos que buscaban frenar las graves afectaciones de derechos de las que son víctimas niños, niñas y adolescentes alojados en Espacios Convivenciales Alternativos de la capital chaqueña. ¿Una muestra más del disciplinamiento del gobierno de Zdero al Poder Judicial? Las medidas fueron apeladas y se encuentran pendientes de resolución.
“Los únicos privilegiados son los niños”, decía el presidente Juan Domingo Perón, allá por la década del ’40. Parece que esa máxima no es bien vista por los jueces chaqueños. Al menos, por dos jueces civiles de primera instancia de Resistencia que decidieron darle la espalda a presentaciones judiciales que buscaban frenar las graves afectaciones de derechos de las que son víctimas niños, niñas y adolescentes en los Espacios Convivenciales Alternativos (ECA) de la capital chaqueña. ¿Se trata de una muestra más del disciplinamiento que viene ejerciendo el gobierno de Leandro Zdero sobre magistrados de las diversas instancias?
Además de alinear a los medios de prensa a través de la publicidad oficial, el gobierno de Zdero intenta desacreditar a todos los organismos e instituciones que tienen como misión garantizar los derechos constitucionales de las personas que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad. Es porque dejan en evidencia las consecuencias del ajuste que el gobierno provincial viene aplicando en las políticas públicas a través del desfinanciamiento y la precarización de diversas áreas, como en este caso la de Niñez y Adolescencia, pero también en el área de Adultos Mayores.
En esta oportunidad, las presentaciones fueron realizadas por la titular de la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes Nº1 de Resistencia, Natalia Facchin. Fue dirigido a obtener respuestas de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia, Familia y Adultos Mayores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano del Chaco.
Los escritos fueron presentados ante los juzgados civiles y comerciales Nº 17, a cargo del juez Orlando Beinaravicius; y Nº 21, a cargo del juez Julián Flores. Ambos las rechazaron in límine por considerar que no eran competentes. El primero, consideró que el caso debía tramitarse en el fuero contencioso administrativo; en tanto que el segundo dijo que debía intervenir el fuero de Niñez.
Antes que la alarmante situación de vulnerabilidad de las niñas, niños y adolescentes alojados en esas instituciones públicas, para los jueces primó el sacarse el “problema” de encima y no hacerse cargo de una cuestión que, seguramente, iba a provocar malestar en un gobierno que intenta mantenerse blindado de las críticas para lo cual destina millones de pesos en propaganda. Tal como lo hizo la acción de amparo que ordenó al Ministerio de Desarrollo Humano que se garanticen condiciones dignas a los internos de la Residencia para Adultos Mayores “San Cayetano” de Colonia Baranda –dictado por el juez Julián Flores-, que luego el gobierno publicitó como una iniciativa de gestión y no que fue en cumplimiento de una medida judicial.
Flores también dictó cautelares y amparos en causas sobre los aumentos de peajes en rutas federales, reclamos contra la obra social de la UNNE y por la suba del boleto de colectivos, entre otras. Pero en este caso consideró que no debía hacerlo.
Cabe recordar, además, que la primera ministra de Desarrollo Humano del actual gobierno, Carina Botteri Distoff, fue eyectada de su cargo sin explicaciones y ahora integra la lista de candidatos a diputados provinciales del oficialista “Chaco Puede”.
Los rechazos a los amparos fueron apelados por Facchin y se encuentran en las Salas I y IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia. Mientras el juez Beinaravicius concedió el recurso de apelación, su par Flores lo rechazó y la Asesora de NNyA debió recurrir en queja ante la Cámara. Ahora, los tribunales de alzada deberán analizar si hacen lugar o no a las medidas.
La presentación ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia fue en representación de las niñas y adolescentes alojadas en los ECA Nº 3 “Niñas Bonitas” y el ECA “Sueño de Luz”. Al respecto, Facchin solicitó la “inmediata y urgente implementación de medidas de acción positiva (art.75 inc.23 Constitución Nacional) en resguardo y restauración de derechos de las personas menores de edad allí alojadas”. La medida se basa en los informes de los monitoreos realizados por el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco.
Según detalla el escrito, ambas dependencias comparten las mismas instalaciones en las que se alojan alrededor de 30 niñas y adolescentes entre 7 a 18 años. Lo más preocupante es la situación de hacinamiento y también la escasez de personal especializado en el trato con niñas y adolescentes, además de que gran parte del mismo es precarizado y en algunos casos cuenta con antecedentes penales o de violencia familiar.
El principal reclamo es el de “arbitrar el presupuesto idóneo”. Es decir, destinar los recursos que hagan falta para garantizar los derechos de las personas alojadas. Para ello, se deberá adquirir o alquilar un inmueble que se encuentre en “óptimas condiciones habitacionales” para que se garanticen, fundamentalmente, condiciones de higiene y seguridad para todas las alojadas.
Sobre el personal, no solo requieren que sea idóneo y sin antecedentes penales sino también que se conformen equipos técnicos por cada ECA con conocimiento específico del grupo etario que incluya asistentes sociales y psicólogos.
El planteo judicial también demanda que se elaboren distintos protocolos para el acceso a actividades extracurriculares, tanto recreativas como deportivas, otro para que tengan prioridad de acceso a turnos, tratamientos y medicamentos que prescriba la autoridad sanitaria, otro para el trámite de pensiones, subsidios o asignaciones estatales y un cuarto sobre la modalidad de las vinculaciones familiares de origen y/o extensas y/o con referencias afectivas y/o comunitarias.
Además, pidió que se ordene dar cumplimiento al Plan Nutricional 2024 recomendado para los ECA.
La presentación también requería que el juez haga un reconocimiento en situ de las condiciones en las que se encuentran actualmente esas dependencias, acompañado por peritos del equipo interdisciplinario del Poder Judicial –psicólogas, asistentes sociales, psicopedagoga-, Departamento de Arquitectura del Poder Judicial, División Bomberos de la provincia y área de la /Municipalidad y/o administrativa que resulte competente para habilitar el funcionamiento de residencia que albergue a personas menores de edad correspondiente a necesidades según edad y género.
En su rechazo al amparo, el juez Flores derivó la presentación al fuero específico de Niñez, Adolescencia y Familia. En ese sentido, aseguró que el caso debe ser abordado “a través de las vías judiciales específicas previstas en la Ley 2950-M, lo que torna inadmisible la acción de amparo interpuesta, en virtud de la existencia de otro recurso judicial idóneo para la protección de los derechos invocados, sin perjuicio de que la misma pueda hacer valer los derechos de las niñas y adolescentes alojadas en los dispositivos institucionales, a través de las vías judiciales correspondientes”.
Algo que, en la jerga futbolera, se llama “patear la pelota a la tribuna”.
En términos similares, la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes Nº 1 de Resistencia impulsó una acción de amparo ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 17 de la capital chaqueña, a cargo del juez Orlando Beinaravicius en representación de los intereses de las niñas y niños alojados en el ECA Nº 1. Es decir, solicitando al Ministerio de Desarrollo Humano la “inmediata y urgente implementación de medidas de acción positivas en resguardo y restauración de derechos de las personas menores de edad allí alojadas”.
En cuanto a los antecedentes, Facchin señaló que el 30 de enero de este año tomó conocimiento a través de un portal local que el personal del ECA Nº 1 se encontraba autoconvocado, en alerta y en estado de emergencia “en razón de las paupérrimas condiciones laborales, haciendo referencia a la grave vulnerabilidad en las que se encontrarían los niños residentes por ausencia de personal suficiente y con ausencia de recursos materiales”.
Sin embargo, el juez Civil y Comercial Nº 17, Beinaravicius rechazó la acción de amparo con argumentos formales y de manual. En ese sentido, afirmó que en el caso no encontraba “ilegalidad o arbitrariedad manifiesta” por parte de Estado. Consideró que el objetivo del amparo es el dictado de “actos administrativos” por parte de dependencias estatales, por lo cual el reclamo se debe proseguir por la vía administrativa y, en caso de no prosperar, en el fuero contencioso administrativo.
Así, el magistrado restringió por completo los alcances del instituto constitucional de la acción de amparo que, en casos como estos, requieren la protección integral de acuerdo en cumplimiento de las leyes vigentes. Un amparo que cada vez más jueces del Chaco están transformando en un verdadero desamparo.
LITIGIO
Escrito por E-GRUPOCLAN
For every Show page the timetable is auomatically generated from the schedule, and you can set automatic carousels of Podcasts, Articles and Charts by simply choosing a category. Curabitur id lacus felis. Sed justo mauris, auctor eget tellus nec, pellentesque varius mauris. Sed eu congue nulla, et tincidunt justo. Aliquam semper faucibus odio id varius. Suspendisse varius laoreet sodales.
closeCopyright E-GRUPOCLAN - PUERTO MADERO.